Esta noticia no hubiera publicado...

Este es el artículo 11 del proyecto de Ley de Delitos Mediáticos, cobardemente escondida y negada hoy por los asambleístas del gobierno.

ARTÍCULO 11.

Instigación: El que por cualquier medio de comunicación social, realizare publicaciones o transmisiones destinadas a promover la guerra, la violencia, o el odio u hostilidad entre sus habitantes o colectividades, en razón de su raza, sexo, religión, nacionalidad, ideología, o militancia política, será sancionado con pena de prisión de dos a cuatro años.

Con igual pena serán castigados los responsables o directivos del medio de comunicación social que publiquen o transmitan estos mensajes.

Esto por ejemplo, no hubiese podido salir al aire en VTV. Estuviesen presos Mario Silva, Hugo Chávez y Anselmi.

0 Comentarios para la Caja: